Quienes reciban pensiones por invalidez podrán emplearse bajo cualquier modalidad de contrato laboral

Quienes reciban pensiones por invalidez podrán emplearse bajo cualquier modalidad de contrato laboral

Las pensiones por invalidez consisten en el pago de una renta mensual a un trabajador que haya sido calificado como invalidado para cumplir sus funciones y/o cargos laborales. 

 

Generalmente, las pensiones de invalidez son otorgadas por enfermedades, patologías o accidentes de origen común o en otros casos, que hayan perdido el 50% de su capacidad para trabajar. Se debe tener en cuenta si se presenta una enfermedad o accidente de origen común, la renta mensual será pagada por el fondo de pensiones en el que se encuentre el trabajador. 

 

Cuando los casos de invalidez son originados por un accidente o enfermedad laboral, será la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) quienes deberán responder por esta obligación. En cualquiera de los dos casos presentados, el valor a pagar será del 45% equivalente al ingreso base de cotización, más el 1,5 % de dicho ingreso por cada 50 semanas de cotización acreditadas con posterioridad a las primeras 500, cuando la disminución de la capacidad laboral sea igual o superior al 50% e inferior al 66%.

 

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Aunque el trabajador haya sufrido un accidente o mantenga cierto grado de discapacidad, este goza de beneficios como el de seguir trabajando si la prescripción médica se lo permite. Tanto el empleado como el empleador tendrán ventajas, por ejemplo, si un empleador contrata a una persona con discapacidades tiene el beneficio de participar y realizar licitaciones públicas y privadas, obtener créditos financieros, exoneración de impuesto en importación de maquinaria y equipos especialmente adaptados y destinados al manejo de personas en situación de discapacidad y deducciones en la renta.

 

Para la contratación del empleado en condición de discapacidad se deberá tener presente el Concepto 25178 emitido por el Ministerio de Trabajo donde se aclara cómo podrá ser la vinculación laboral de esta persona. 

 

De acuerdo con la normatividad establecida “cualquier persona en situación de discapacidad o pensionada por invalidez puede ser contratada laboralmente bajo cualquier tipo de contrato a término fijo, indefinido o por obra y labor” a esto hay que sumarle que el empleado obtendrá beneficios en la seguridad social. 

 

Es importante resaltar que el empleado seguirá recibiendo su renta mensual y a su vez, el salario normal que devengue por las actividades a realizar en su nuevo empleo. 

 



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