Resolución 000042: Plazos DEFINITIVOS para facturación electrónica

Resolución 000042

Resolución 000042: Plazos DEFINITIVOS para facturación electrónica

La Dian emitió la Resolución 000042 del 5 mayo de 2020, con la cual estableció el calendario que deben cumplir los responsables de la implementación de la facturación electrónica, además de nuevas disposiciones para su implementación.

Así, las nuevas fechas para implementar la facturación electrónica queda así:

Calendario de implementación – Facturación electrónica

  • Primer Grupo: Junio 15 de 2020.
  • Segundo Grupo: Julio 1 de 2020.
  • Tercer Grupo: agosto 4 de 2020.
  • Cuarto Grupo: Septiembre 1 de 2020
  • Quinto Grupo: Octubre 1 de 2020.
  • Grupos 6, 7 y 8: Noviembre 1 de 2020.

Adicionalmente de tener en cuenta el grupo al cual se pertenece, es importante tener en cuenta el código CIIU registrado en el RUT.

Para los demás responsables de facturación electrónica, independientemente de la actividad CIIU registrada en el RUT, tendrán que implementar la facturación electrónica entre el 15 de junio, el 1 de octubre y el 1 de noviembre de 2020, según el grupo al cual pertenecen.

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Los sujetos responsables de facturación electrónica podrán implementarla de manera anticipada, toda vez que cumplan con la normativa estipulada en la Resolución 00042, en sus artículos 22 y 32.

Si deseas conocer más sobre la facturación electrónica, te invitamos a consultar la Resolución 000042 aquí.



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