Ya es posible comprar acciones con recursos derivados de las cesantías

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Ya es posible comprar acciones con recursos derivados de las cesantías

Las cesantías son la prestación social a la que tienen derecho todos los empleados que mantengan un vínculo laboral. Los trabajadores independientes tienen el mismo beneficio siempre y cuando se encuentren afiliados a un Fondo de Cesantías y realicen los aportes correspondientes. 

 

Pertenecer a un Fondo de Cesantías concede múltiples ventajas, pues las cesantías funcionan como un ahorro destinado al pago de la cuota inicial para vivienda, arreglos locativos y de acuerdo con la Ley 1064 del 2006 también pueden ser destinadas para el financiamiento de la educación superior.

 

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Ahora con el más reciente decreto emitido por el Ministerio de Trabajo, los empleados también podrán utilizar el dinero de sus cesantías para la compra y negociación de acciones en la bolsa de valores. 

 

Según la Ley 226 de 1995, se establece que es “aplicable a los procesos de enajenación, total o parcial a favor de particulares, de acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones, de propiedad del Estado y, en general, de su participación en el capital social de cualquier empresa, establece en el numeral 4º de su artículo 11 que las personas naturales podrán utilizar las cesantías que tengan acumuladas, con el objeto de adquirir acciones en los términos de dicha Ley.”

 

De esta manera, todos los colombianos tendrían la posibilidad de adquirir acciones legalmente a través de sus ahorros. Cabe mencionar que para que dicho trámite sea transparente, el empleador deberá constatar mediante una carta, la afiliación del empleado al fondo de cesantías y, asimismo, el trabajador deberá sustentar de donde provienen las acciones y luego emitir una copia o prueba del título de valor que compró. 

 

En el caso de que las cesantías no se encuentren en un fondo de prestaciones sociales sino en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) la entidad deberá liquidar y entregar los recursos en las condiciones establecidas en el programa de enajenación respectivo, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en la cual se haya presentado debidamente la solicitud.

 

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Hay que recordar que, así como las cesantías sirven para financiar y beneficiar a los empleados en su vida personal, también sirven como un auxilio en caso de quedar desempleado, pues si lo desea el empleado, las cesantías pueden ser un ahorro mientras logra conseguir un nuevo puesto de trabajo. 

 

Es importante resaltar que el empleado goza de autonomía al escoger el fondo de cesantías en el que quiere que sea depositado su dinero, sin embargo, el trabajador deberá avisar a su jefe o empleador si realizó un cambio de fondo con plazo máximo hasta el 31 de diciembre de cada año. Si este aviso no se hace, el empleador cumplirá con depositar las cesantías en el fondo que ya estaba inscrito.

 

 



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