08 Dic Trabajar en domingo tiene un día compensatorio en tu trabajo
Si en tu trabajo laboras frecuentemente los domingos y tienes muchas dudas sobre la forma como deben proceder legalmente frente a este tema. Estas son algunas aclaraciones a tener en cuenta:
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Según El Ministerio del Trabajo, la jornada ordinaria laboral se debe pactar entre las partes, el empleado y el trabajador. Sin embargo, hay unas restricciones que se deben cumplir rigurosamente, estas se encuentran establecidas en el artículo 158 del Código Sustantivo del Trabajo. Una de ellas, y posiblemente la más importante, es que este pacto no puede exceder las 8 horas diarias y las 48 semanales
Cualquier trabajo que se haga adicional a estas 48 horas semanales se considera suplementario y se debe pagar como hora extra según lo establece el artículo 168 CST. Sí la naturaleza del trabajo es que el empleado cumpla con un horario dominical, está en todo el derecho de obtener un día compensatorio entre semana, sin embargo, es obligación legal que la empresa le adicione el 75% de recargo por los domingos