Si tengo COVID-19, ¿Debo o no debo aislarme?

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Si tengo COVID-19, ¿Debo o no debo aislarme?

El Ministerio de Salud informó las nuevas medidas que se tendrán en cuenta frente al crecimiento de contagios de Covid-19.

Por medio de una circular externa, el Ministerio de Salud y el Ministerio del Trabajo, dio a conocer las nuevas instrucciones en cuanto a las incapacidades por COVID-19. El cambio responde a las diferentes variantes que se han evidenciado en todo el mundo.

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NUEVOS LINEAMIENTOS PARA CONTAGIADOS CON COVID-19

Según el ministro de la cartera de salud, Fernando Ruíz, todas las personas con síntomas de Covid-19 (flujo nasal, cefalea, fiebre o malestar general) deben aislarse durante siete días continuos. Además, solamente será obligatoria la toma de la prueba para los adultos mayores de 60 años, pacientes con comorbilidades o menores de tres años.

Frente a cualquier sospecha o ante la presencia de un caso positivo, el personal de salud tendrá que dictaminar si la persona puede realizar sus labores desde casa, en teletrabajo o por trabajo remoto. Si esto no es posible, ahí sí se expedirá la incapacidad por el periodo de aislamiento, sin la necesidad de prueba.

Por su parte, no será obligatorio el aislamiento para las personas asintomáticas con su esquema de vacunación completo y que hayan tenido contacto con personas contagiadas. Además, podrán seguir normalmente con sus labores cotidianas.

Para quienes no tengan sus vacunas completas, la toma de la prueba será obligatoria para obtener la incapacidad. También deberán aislarse por siete días.

Finalmente, no se requerirá de prueba PCR o de antígenos como condición para reintegrarse a las labores, las empresas no podrán exigirlas.



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