Proceso y exoneración del prorrateo del IVA según el caso

Proceso y exoneración del prorrateo del IVA según el caso

El prorrateo del IVA es un mecanismo contable que perjudica la deducibilidad de las cuotas soportadas. Sin embargo, es considerada como una solución frente a la situación de las entidades o empresas que realizan operaciones simultáneamente y que originan el derecho a deducción con otras que no lo otorgan.

 

El procedimiento de prorrateo en esta situación consiste en deducir sólo el IVA soportado de las actividades que generan este derecho. De esta forma, la prorrata se materializa en forma de porcentaje aplicado sobre todas las cuotas soportadas de aquellas actividades que originan tal deducción.

 

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Al realizar el procedimiento del prorrateo del IVA referente a la adquisición de bienes y servicios se deben tener en cuentas las siguientes recomendaciones: 

 

a) El IVA que se paga en la adquisición de bienes y servicios que se utilizan para generar ingresos excluidos o no gravados con el mismo impuesto se lleva como mayor valor del costo, debido a que no puede tomarse como descontable en esa declaración.

 

b) A su vez, el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios utilizado como generador de ingresos exentos o gravados con el mismo IVA puede tomarse como descontable.

 

En el caso de la distribución del impuesto, la entidad o empresa debe hacer lo siguiente: 

 

1. Reconocer en una cuenta denominada “IVA transitorio” el impuesto pagado en la adquisición de los bienes y servicios que utiliza para generar los tres tipos de ingresos (excluidos, exentos y gravados) 

 

2. Asignar el IVA teniendo como base la proporción que representen los ingresos generados en cada una de las operaciones. Las operaciones no gravadas con IVA no se contemplan.

 

Cabe mencionar que el artículo 490 del Estatuto Tributario (E.T) determina que, en la declaración de IVA, los contribuyentes tienen el derecho de descontar este impuesto siempre y cuando esté destinado a generar ingresos gravados como objeto social. 

 

 



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