¿Porqué no se puede cancelar el contrato cuando es culpa del empleador?

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¿Porqué no se puede cancelar el contrato cuando es culpa del empleador?

Se entiende por contrato de trabajo al documento en el que se pactan responsabilidades, cargo, salario y demás puntos laborales. En dicho documento se pueden determinar los servicios que se prestarán según el periodo de tiempo acordado.

En el caso hipotético de que el contrato requiera ser suspendido, se puede hacer bajo la consideración del artículo 51 del código sustantivo del trabajo. Las leyes laborales en Colombia, se han percatado de definir las circunstancias en las que se puede dar por terminado un contrato de trabajo, así que, si se llegase a dar una suspensión del documento estipulado de manera abrupta y sin motivos, este podría traer graves consecuencias para el empleador y empresa contratante.

¿Qué hacer cuando no se cumplen las funciones del empleado por culpa del empleador?

Teniendo en cuenta lo anterior mencionado, existen diversas causas que pueden producir la suspensión del contrato laboral. Sin embargo las leyes que protegen a los empleados, han sido muy claras según respecta a sus funciones dentro de la empresa.

Es importante saber que el artículo 140 del código laboral, indica: “Durante la vigencia del contrato el trabajador tiene derecho a percibir el salario aun cuando no haya prestación del servicio por disposición o culpa del empleador”  Esto quiere decir, que sin importar el acontecimiento sucedido, el empleado tiene derecho a su sueldo normal y a seguir recibiendo todas sus prestaciones.

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Finalmente, el empleador está en la obligación de suministrar los elementos fundamentales para el buen desarrollo de las labores del empleado

.Asimismo lo establece la Sala Laboral de la Corte Suprema, quienes aseguran en el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo que el empleado debe: “Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores.”

Tanto el empleador como el empleado deben conocer los procesos laborales  desde el inicio de la contratación. Tener presentes los protocolos y reglamentos establecidos por la empresa es vital para la eficacia y la buena comunicación dentro del área de trabajo.

Ver: CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO



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