OJO: última ronda de la declaración de renta

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OJO: última ronda de la declaración de renta

El mes de octubre corresponde al último plazo para declarar renta del 2020, según los dos últimos dígitos de la cédula. Por eso, te contamos todo lo que tienes qué saber.

Para tener un contexto mucho más claro sobre el impuesto a la renta, es importante aclarar primero un par de cosas. Este tipo de gravamen es un cargo tributario que las personas naturales tienen que pagar teniendo en cuenta sus ganancias, salarios, comisiones y otros ingresos generados durante el año anterior. Sin embargo, no todas las personas obligadas a declarar tienen que pagar, pues para esto se tienen presentes los factores anteriormente mencionados.

No obstante, la declaración de renta se presenta teniendo en cuenta las transacciones económicas del año anterior. Es decir que en el 2021 tu declaración de renta será elaborada a partir de los movimientos realizados durante todo el año pasado. 

Por lo tanto, la declaración de renta es la información que tienes que presentar a la DIAN, para que, de acuerdo a la información recibida y a tu situación financiera, puedas saber si también estás en la obligación de pagar el impuesto de renta.

TE PUEDE INTERESAR: APUNTES SOBRE LA DECLARACIÓN DE RENTA

DÍAS PARA DECLARAR RENTA SEGÚN TERMINACIÓN DE NIT O CÉDULA

  • 1 de octubre: 75 y 76
  • 4 de octubre: 77 y 78
  • 5 de octubre: 79 y 80
  • 6 de octubre: 81 y 82
  • 7 de octubre 83 y 84
  • 8 de octubre: 85 y 86
  • 11 de octubre: 87 y 88
  • 12 de octubre: 89 y 90
  • 13 de octubre: 91 y 92
  • 14 de octubre: 93 y 94
  • 15 de octubre: 95 y 96
  • 19 de octubre: 97 y 98
  • 20 de octubre; 99 y 00

¿QUIÉNES TIENEN QUE DECLARAR RENTA?

Si eres persona natural y todavía no estás seguro de si tienes que pagar este impuesto o no, ten en cuenta estas condiciones:

  • Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
  • Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.
  •  Tener compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
  •  Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
  • Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
  • Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.

Es importante tener en cuenta que para que el proceso se lleve de forma correcta tienes que estar inscrito al RUT, tener una cuenta de usuario en la Dian y tener firma electrónica.



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