Derechos, deberes y leyes que amparan a un accionista minoritario

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Derechos, deberes y leyes que amparan a un accionista minoritario

En temas económicos y tributarios se puede entender que un accionista minoritario es aquella persona que por sí sola o en conjunto con otras, tiene un acuerdo de actuación financiera. 

El accionista minoritario obtiene menos del 50% de las acciones, sin embargo, cuenta con derecho a voto en la sociedad, pero dependiendo de su porcentaje de participación, podrá participar en la elección de un director.

Cuanto mayor es la participación del inversionista, más grande es su poder de influencia en las decisiones de la empresa. Esto no significa que los accionistas minoritarios estén privados de participar en la gestión del negocio. 

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¿Cuáles son los derechos de los accionistas minoritarios? 

Los accionistas minoritarios reciben dividendos activos al igual que un socio mayoritario, a su vez, puede llegar a obtener ganancias en caso de que venda sus títulos o su participación. Cabe mencionar que el accionista minoritario tiene el derecho de estar informado de las decisiones que se tomen o quieran tomar dentro de la empresa. 

Aunque su participación sea reducida, esta persona puede solicitar documentos contables y financieros. Estar enterado de los movimientos como, por ejemplo, las cuentas anuales consolidadas, préstamos adquiridos, rentabilidades obtenidas, entre otros. Y si en algún momento ocurre una ampliación del capital, la empresa deberá ofrecer a este accionista, la posibilidad de expandir su participación. 

¿Cómo podría expropiarse a un accionista minoritario de su participación? 

Existen varios aspectos en los que se podría realizar esta acción. Hay que tener en cuenta si la empresa en la que se encuentra la persona es de carácter familiar, particular o de sociedad mercantil. No obstante, sea cual sea el vínculo que se mantenga, es necesario tener muy claras las razones por las que se piensa expropiar a este accionista. 

José Miguel Mendoza, Socio de DLA Piper Martínez Beltrán, señala que en algunos casos se puede encontrar el famoso síndrome llamado “problemas de agencia”. Cuando ocurren eventos como la llegada de un pariente a la empresa o de un socio al que no le cae bien el accionista minoritario. Puede pasar que empiecen a suceder dramas empresariales o guerras por las acciones. 

Como se dijo anteriormente, hay que tener razones de peso con las que se pueda evaluar la expropiación de acciones. Pero, ¿Qué pasa si no las hay y simplemente se le arrebatan las acciones a esta persona? Las causas injustificadas pueden traer graves consecuencias para quien haya tomado la decisión. 

Sin embargo, hay maneras de quitarle participación al accionista minoritario a través del mecanismo de “doblegación”. El cual consiste en sobornar o hacerle creer a estar persona que está haciendo las cosas mal y lo mejor es que entregue su participación a un socio de la empresa. 

José Miguel Mendoza afirma que esta estrategia suele funcionar en las empresas colombianas. Pero al igual que las demás actuaciones fraudulentas, pueden ser sancionatorias y hasta condenadas por la legislación. 

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Son muchos los casos que se han presentado ante la Superintendencia de Sociedades e incluso ante la Fiscalía. Donde se advierte la posibilidad de una expropiación de acciones a un socio minoritario. Ante esto, la entidad reiteró que la Ley 222 de 1995, establece las responsabilidades, derechos, deberes y el ejercicio legal de retirar u otorgar la participación de un accionista minoritario. 

Asimismo, la Delegatura para Procedimientos Mercantiles aseguró que, a pesar del vacío legal, un minoritario pueda hacerle frente a la expropiación concertada entre un accionista controlante. Los administradores sociales siempre y cuando se acoja a la ley y entregue pruebas del posible daño que se le está causando. 

Los problemas más frecuentes en las sociedades se dan por la falta de gobierno corporativo que en la mayoría de los casos se presenta en sociedades familiares. Vale recordar que todo accionista tiene deberes y derechos que debe cumplir y hacer cumplir. 

Si los derechos del accionista minoritario están siendo vulnerados, se deberá hacer uso de los mecanismos de defensa que van desde la consulta escrita a la Gerencia. A la Revisoría Fiscal e incluso a la instancia de la superintendencia a la que corresponda la sociedad.



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