06 Abr Facturación electrónica: ventajas, plazos y sanciones
La facturación electrónica se contempla como la evolución de la factura tradicional. La misma, cumple 25 años en la legislación tributaria en Colombia. Tributariamente es un soporte de transacciones de venta de bienes y/o servicios.
La factura electrónica llegó a la meta prevista para el 2020 antes de tiempo. Con corte al 30 de octubre, la cifra ya iba en 360.896. Según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en 14 meses el país alcanzó un nivel de masificación de la factura electrónica. Hasta el mes de mayo, alrededor de 2.500 empresas por día, se estaban acogiendo al mecanismo. Sin embargo, se espera que hasta el 20121 alcance una masificación total.
VENTAJAS DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
- El Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) establece que este método representa un ahorro hasta de un 80% de los gastos frente a la gestión de facturas en papel.
- Ahorro en tiempos de procesamiento, registro contable, tesorería y consulta de información.
- Favorece las relaciones comerciales al reducir costos de envío y recepción de facturas
- Facilita el seguimiento del estado de las facturas electrónicas; brinda la posibilidad de obtener reportes y alertas permanentes en tiempo real.
- Simplifica los trámites internos en las empresas
- La Factura Electrónica es validad por la DIAN en tiempo real, garantizando que la misma cumple con los requisitos necesarios para tener efectos fiscales. Documento que puede ser objeto de factoring para financiar al empresario a bajos costos.
- Amigable con el medio ambiente
PLAZOS PARA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Para el caso del régimen simple de tributación, aquellos que al 1 de enero de 2020 estuvieran inscritos en este régimen tendrán hasta el 1 de mayo para adoptar el sistema de facturación electrónica. De igual forma, quienes se inscriban en 2020 tendrán un plazo de dos meses a partir de la inscripción para adoptar este sistema.
La Resolución 0042 de 2020, establece que, para el 1 de noviembre, los sectores más afectados por la crisis sanitaria deben implementar la facturación electrónica. Por otra parte, el sector agropecuario se suma a esta modalidad el próximo 15 de diciembre.
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SANCIONES
En dado caso de que las empresas no cumplan con lo anterior, se verán expuestas a recibir sanciones como el cierre del establecimiento de comercio. Sin embargo, también se podrá optar por pagar una multa equivalente al 10 % de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha de la sanción. Por otro lado, si se expiden facturas sin los requisitos establecidos, la multa a esta falta es equivalente al 1% del valor de las operaciones facturadas sin exceder un máximo de aproximadamente 33 millones de pesos.