Estos son los formularios habilitados por la DIAN para el cumplimiento y presentación de tributos año 2019

Estos son los formularios habilitados por la DIAN para el cumplimiento y presentación de tributos año 2019

Mediante la Resolución 0004 del 2019, la DIAN habilitó y publicó los formularios pertinentes para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del presente año. Cabe mencionar que el numeral 8º del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo se encargó de apoderarse del proyecto de resolución que fue publicado en la página web de la DIAN.

 

En la resolución se evidencian las modificaciones al Formulario 325 “Declaración del IVA de prestadores de servicios desde el Exterior”, prescrito por la Resolución 0069 del 28 de diciembre de 2018.

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Así mismo, la disposición estableció el Formulario 120 para la presentación de la “Declaración Informativa de Precios de Transferencia” los cuales corresponden al año gravable 2018 y siguientes. Para los contribuyentes que se encuentran obligados a presentar el impuesto sobre la renta y complementarios, tendrán que hacerlo por medio de los servicios informáticos autorizados por la DIAN como lo es el Instrumento de Firma Electrónica (IFE).

 

Dicha resolución también habilitó los formularios para la presentación de la “Declaración Anual de Activos en el Exterior” que corresponde al año gravable 2019 y siguientes. Al igual que los obligados a declarar impuesto sobre renta, los obligados del impuesto anual de activos, podrán hacer la presentación por medio del IFE, quien lo haga por un medio diferente, la DIAN lo tomará como no presentada.

 

Ten en cuenta que para el año gravable 2018, la entidad determinó como “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y Pensiones” el Formulario 220, para presentar la “Declaración del Monotributo” del mismo año, el Formulario 250 y para el año gravable 2019 y siguientes, el Formulario 400 llamado “Formulario para Liquidar y Consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia”.

 

El Formulario 410 se encargará de presentar la “Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros”, el Formulario 430 determina la “Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y el ACPM” y el Formulario 435 para la “Declaración del Impuesto Nacional al Carbono”, finalmente el Formulario 490 será “Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales”. Cada uno de los anteriores formularios corresponden al año gravable 2019 y siguientes.

 

 

 

 

 



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