02 Feb En 2022, la licencia de paternidad se amplió a dos semanas
De acuerdo la Ley 2114 de 2021, sancionada por el Presidente Iván Duque, la licencia de paternidad se extendió a un total de 14 días.
Hace pocos días fue sancionada la ley que indica que el periodo de estadía en el que el padre puede estar con su recién nacido se alargó otra semana más. En esta ocasión, sí se contarán los domingos y festivos. Pues durante el 2021 solamente eran ocho días, pero no se tenían en cuenta estos días.
Igualmente, y de acuerdo al artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, se contempla un incremento de la licencia de paternidad en una semana por cada punto porcentual en que se disminuya la tasa de desempleo estructural. Esto se evaluará a finales de cada año en donde se presenten las cifras e informes correspondientes a este tema. Sin embargo, este periodo no podrá exceder las cinco semanas.
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REQUISITOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE PATERNIDAD
Como la EPS es la responsable de otorgar este permiso al padre del recién nacido, uno de los requisitos más importantes a tener en cuenta es que el padre debe ser cotizante. Es decir, que aquellos que son beneficiarios o los afiliados al régimen subsidiado no podrán gozar de este beneficio.
Además, no se puede estar en mora con la entidad de salud correspondiente. En caso de estarlo, el padre podrá ponerse al día, antes de los 30 días de tener que pasar el registro civil del o la recién nacida o los documentos del niño o niña que decidieron adoptar.
LICENCIA PARENTAL COMPARTIDA
En este caso, tanto el padre como la madre podrán disfrutar libremente entre sí las últimas seis semanas de la licencia de la madre. No obstante, para que esta situación se lleve a cabo, los padres deberán tener en cuenta que:
- El tiempo de licencia parental compartida se contará a partir de la fecha del parto. Salvo que el médico tratante haya determinado que la madre deba tomar entre una o dos semanas de licencia previas a la fecha probable del parto o por determinación de la madre.
- La madre deberá tomar como mínimo las primeras doce semanas después del parto, las cuales serán intransferibles. Las restantes seis semanas podrán ser distribuidas entre la madre y el padre, de común acuerdo entre los dos. El tiempo de licencia del padre no podrá ser recortado en aplicación de esta figura.
- En ningún caso se podrán fragmentar, intercalar ni tomar de manera simultánea los períodos de licencia salvo por enfermedad postparto de la madre, debidamente certificada por el médico.
- La licencia parental compartida será remunerada con base en el salario de quien disfrute de la licencia por el período correspondiente. El pago de la misma estará a cargo del respectivo empleador o EPS, acorde con la normatividad vigente.
Además, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar el Registro Civil dentro de los próximos 30 días calendario ante la EPS
- Debe existir mutuo acuerdo entre los padres acerca de la distribución de las semanas de licencia. Ambos padres deberán realizar un documento firmado explicando la distribución acordada y presentarla ante sus empleadores, en un término de 30 días contados a partir del nacimiento del menor.
- Presentar un certificado médico en donde se de a conocer:
-El estado de embarazo de la mujer; o una constancia del nacimiento del menor.
-La indicación del día probable del parto, o la fecha del nacimiento del menor.
-La indicación del día desde el cual empezarían las licencias de cada uno.
LICENCIA DE PATERNIDAD FLEXIBLE DE TIEMPO PARCIAL
Aquí las condiciones varían con respecto a lo anteriormente mencionado. En este caso, la madre o el padre podrán cambiar un periodo determinado de su licencia de maternidad o de paternidad por un período de trabajo de medio tiempo, equivalente al doble del tiempo correspondiente al período de tiempo seleccionado. Es decir, que el padre no solo tendrá dos semanas, sino que su lapso de tiempo corresponderá a cuatro semanas.
Esto es lo que se debe tener en cuenta:
- Los padres podrán usar esta figura antes de la semana dos de su licencia de paternidad. Mientras que las madres, lo podrán hacer no antes de la semana 13 de su licencia de maternidad.
- Los periodos seleccionados para la licencia parental flexible no podrán interrumpirse y retomarse posteriormente. Deberán ser continuos, salvo aquellos casos en que medie acuerdo entre el empleador y el trabajador.
- La licencia parental flexible de tiempo parcial será remunerada con base en el salario de quien disfrute de la licencia por el período correspondiente. El pago de la misma estará a cargo del respectivo empleador o EPS. El pago del salario por el tiempo parcial laborado se regirá acorde con la normatividad vigente.
- La licencia parental flexible de tiempo parcial también podrá ser utilizada por madres y/o padres que también hagan uso de la licencia parental compartida