
06 Ene DIAN emite nueva resolución sobre la factura electrónica
De acuerdo con el Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, existen nuevos lineamientos para quienes no son responsables de emitir factura electrónica o documento soporte.
Por medio de la Resolución 000167 del 30 de diciembre de 2021, se indica la funcionalidad del documento soporte en compras o adquisiciones efectuadas a personas o empresas que no tienen la obligación de emitir una factura electrónica.
Este reglamentación atribuye lo señalado en el artículo 616-1 y el inciso 3 del artículo 771-2 del Estatuto Tributario. Así mismo, también hace referencia al artículo 1.6.1.4.12. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
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¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA QUIENES NO ESTÁN OBLIGADOS EMITIR FACTURA ELECTRÓNICA?
Cuando se realicen transacciones con sujetos no obligados a expedir facturas, el documento soporte que pruebe la transacción ya sea para costos, deducciones o impuestos descontables, deberá cumplir con lo siguiente:
- Estar denominado expresamente como documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar.
- Tener la fecha de la operación que debe corresponder a la fecha de generación del documento
- Contener los apellidos y el nombre o la razón social y el NIT del vendedor o de quien presta el servicio.
- Contener los apellidos o la razón social y el NIT del que adquiere el bien o servicio
- Llevar el número que corresponda a una secuencia consecutiva de documento soporte. En este se debe incluir el número, rango y vigencia autorizado por la DIAN
- Tener la descripción específica del bien y/o el servicio prestado.
- Detallar el valor total de la operación, discriminando el valor del IVA, cuando a ellos hubiere lugar.
Cabe mencionar que dentro de la resolución, también se señala que los sujetos no obligados a facturar y que, requieran generar el documento soporte, deberán continuar realizándolo de manera física. Además, estos documentos deberán permanecer a disposición cuando la administración tributaria así lo requiera.