DIAN emite concepto por ajustes de diferencia de cambio aplicadas en personas naturales y jurídicas

DIAN emite concepto por ajustes de diferencia de cambio aplicadas en personas naturales y jurídicas

En la Ley 1819 de 2016 se introdujeron algunas disposiciones para el reconocimiento fiscal de las partidas que se verían afectadas por el régimen cambiario para efectos fiscales. A su vez se contempló un régimen de transición para estas determinaciones.

 

Sin embargo, el 16 de enero del 2019, La DIAN emitió un concepto resolviendo los interrogantes que tenían algunos contribuyentes con relación a los problemas jurídicos de las personas naturales que no se encontraban obligadas a llevar contabilidad de inversiones extranjeras y hacían parte del régimen de transición por ajustes de diferencia de cambio.

 

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El concepto pone a disposición el artículo 291 del Estatuto Tributario el cual determina que “no existe distinción alguna respecto de si la persona que realiza la inversión extranjera es natural o jurídica, o si en el caso de tratarse de una persona natural está obligada a llevar contabilidad, por lo tanto el régimen de transición aplica a todos los contribuyentes.”

 

Asimismo, se relacionan los temas del costo fiscal de las inversiones en moneda extranjera, acciones o participación en sociedades extranjeras en el numeral 2° parte a) y b)

 

Consulta el Concepto 16/01/2019 aquí: cpto-0033-1120-2019 diferencia en cambio

 

 



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