Conoce todos los aspectos relacionados con la NIA 705 (revisada)

Conoce todos los aspectos relacionados con la NIA 705 (revisada)

La NIA es determinada como la norma sobre la que recae la responsabilidad de un auditor al momento de emitir un informe teniendo en cuenta la opinión de conformidad con la NIA 7001 en donde se concluye dictamen de los estados financieros.

 

La NIA 705 (revisada) es uno de los modelos incluidos en la actualización normativa realizada por el Decreto 2170 de 2017, la cual empezó a regir desde el primero de enero del 2019. En esta se entiende que el revisor fiscal podrá identificar parámetros con opinión modificada con salvedades. A continuación #TeContamos de qué se tratan:

 

Dictamen con opinión adversa o desfavorable:

En este mismo modelo se podrán entregar dictámenes con opiniones adversas o desfavorables. De acuerdo con la NIA “este tipo de opinión se expone cuando el revisor fiscal concluye que existen incorrecciones materiales en los estados financieros que se presentan de forma generalizada, y que por ende se puede concluir que la entidad no emite su información en todos los aspectos materiales.”

 

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Denegación (abstención) de opinión por no obtener evidencia:

Con este modelo de opinión se debe agregar un dictamen de auditoría cuando no se obtiene evidencia suficiente y adecuada sobre el estado de la contabilidad de la entidad y “no se tiene certeza de si los estados financieros cumplen los aspectos materiales requeridos por la normatividad técnica que rige la profesión contable.”

 

Dictamen de revisor fiscal con párrafos de cuestiones clave y otras cuestiones:

Este modelo funciona como una guía al momento de presentar un dictamen sin salvedades en el que se requieran destacar cuestiones clave y otras cuestiones. En este se diferencia en qué momento destacar un párrafo de cuestiones, uno de énfasis o uno de otras cuestiones en el dictamen.

 

Vale la pena resaltar que según la NIA 700 (revisada), 701 y 705 (revisada), el informe del revisor fiscal contiene dos tipos de opinión:

 

Opinión con salvedades: se emite cuando hay incorrecciones materiales en los estados financieros o imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre alguna cuestión específica, pero en general los estados financieros se han emitido en todos los aspectos materiales requeridos.

 

Opinión desfavorable o adversa: se expresa cuando hay incorrecciones materiales en los estados financieros o imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre alguna cuestión específica, y además, los estados financieros no se han emitido en todos los aspectos materiales requeridos.”

 

 

 

 



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