Amplían retiro de cesantías hasta el próximo año - Revista Contamos
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Amplían retiro de cesantías hasta el próximo año

Desde que se presentó la emergencia sanitaria que trajo como consecuencia una caída considerable en la economía del país, el Gobierno Nacional ha tenido que implementar varias estrategias y soluciones que permitan a los colombianos sobrevivir ante la crisis.

Una de las propuestas del Gobierno, fue el retiro de las cesantías. Se estima que entre los meses de marzo y octubre se han retirado más de $335.000 millones de dichos ahorros. Además de esto, los retiros por concepto de vivienda y educación llegaron a los $3,1 billones.

Debido a que el Presidente de la República, Iván Duque, anunció que la emergencia sanitaria se extenderá hasta el 28 de febrero de 2021, también se estipuló que la medida del retiro de cesantías se ampliaría hasta la misma fecha. Lo anterior con el fin de mitigar el impacto de la pandemia en el bolsillo de los colombianos.

Se debe tener en cuenta que las personas interesadas en retirar sus cesantías deben cumplir con unos requisitos para hacer el trámite ante la entidad correspondiente.

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REQUISITOS PARA RETIRO DE CESANTÍAS

  1. Quienes deseen iniciar con el proceso deberán adjuntar a la solicitud una certificación de disminución de ingresos por parte de su empleador.
  2. El documento mencionado debe contener: nombre o razón social del empleador; nombre completo del trabajador y número de identificación; datos de contacto del empleador; salario devengado por el trabajador a 1 de marzo de 2020; monto de la disminución del ingreso mensual del trabajador y período objeto de la reducción del ingreso.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA:

  • Durante la emergencia económica, no requiere llevar a cabo el trámite de manera presencial. Se recomienda que se realice por canales virtuales.
  • Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no cobrarán la comisión por retiro parcial de las cesantías
  • Quienes tengan sus cesantías en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) también podrán acceder a esta opción. La misma cobija a quienes se encuentren en licencia no remunerada o suspensión de contrato laboral.