¿Ya conoces la declaración sugerida de la DIAN?

¿Ya conoces la declaración sugerida de la DIAN?

A inicios de julio, la DIAN presentó la declaración sugerida, un nuevo servicio que aplicará para las declaraciones de IVA del bimestre mayo-junio de 2021. De esta manera, la entidad propone diligenciar algunas casillas del formulario, a partir de la información obtenida de la Facturación Electrónica.

Sin embargo, la información pre – diligenciada quedará a consideración de las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar dicha declaración. En todo caso, el objetivo de la DIAN con la declaración sugerida es el de facilitar el cumplimiento de la obligación. Así mismo, reducir los costos en la presentación de las declaraciones en medio de la reactivación económica, tal como lo informa en su sitio web.

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Las casillas que estarán pre – diligenciadas para el tercer bimestre del 2021 serán las siguientes:

Sección de Ingresos

  • Suma de Renglones 27 y 38. Por operaciones gravadas al 5%.
  • Suma de Renglones 28, 36 y 37. Por operaciones gravadas a tarifa general.
  • Renglón 29. A.I.U. por operaciones gravadas (base gravable especial).
  • Renglón 35. Por operaciones exentas.
  • Renglón 39. Por operaciones excluidos.
  • Renglón 42. Devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas. 

Sección de Compras Nacionales – Información para ser tenida en cuenta por compras a facturadores electrónicos – No incluye información sobre operaciones de comercio exterior 

  • Suma Renglones 50 y 52. De bienes y servicios gravados a la tarifa del 5%.
  • Suma Renglones 51 y 53. De bienes y servicios gravados a tarifa general.
  • Renglón 54. De bienes y servicios excluidos, exentos y no gravados.
  • Renglón 56. Devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas en el periodo. 

Sección de Liquidación Privada – Información para ser tenida en cuenta en la liquidación del Impuesto Generado

  • Suma de Renglones 58 y 64. A la tarifa del 5%.
  • Suma de Renglones 59, 61, 62 y 63. A la tarifa general.
  • Renglón 60. Sobre A.I.U. en operaciones gravadas (base gravable especial).
  • Renglón 65. En retiro de inventario para activos fijos, consumo, muestras gratis o donaciones.
  • Renglón 66. IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas. 

Sección Liquidación Privada – Información para ser tenida en cuenta en la liquidación del Impuesto Descontable 

  • Suma Renglones 71, 73 y 74. Por compras de bienes y servicios gravados a la tarifa del 5%.
  • Suma Renglones 72, 75 y 76. Por compras de bienes y servicios gravados a la tarifa general.
  • Renglón 79. IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas.
  • Renglón 84. Saldo a favor del periodo fiscal anterior. 

La declaración sugerida será presentada de manera parcial, y su objetivo será orientar de manera general para facilitar el cumplimiento de la declaración. No obstante, el servicio no exonera la aplicación de las normas legales que regulan el IVA, cuando el caso lo amerita. Igualmente, las declaraciones presentadas con la declaración sugerida podrán ser objeto de fiscalización. Por lo tanto, la entidad invita a los obligados a determinar los valores reales para cada casilla.

Las personas naturales y jurídicas interesadas en aplicar este servicio en sus declaraciones, podrán consultar si están habilitadas haciendo clic en este enlace. Si quieres recibir mayor información, te invitamos a consultar la cartilla Abecé – Declaración Sugerida Impuesto sobre las Ventas haciendo clic en el enlace.



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