La SIC aseguró que no pueden incluirse cláusulas abusivas en los contratos comerciales

La SIC aseguró que no pueden incluirse cláusulas abusivas en los contratos comerciales

En Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es el ente encargado de regular lo relativo al registro único de proponentes, establecer las normas para el buen funcionamiento del registro mercantil, determinar la periodicidad con la que las Cámaras de Comercio deben dar noticias del registro mercantil y supervisar de manera constante los datos administrativos y contable de las mismas.

 

Con el fin de mediar conflictos de tipo comercial entre productores, proveedores y clientes, la SIC mediante la Sentencia 4589 del 9 de abril del 2019, señaló que “no se pueden incluir cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores y en caso de incluirlas, estas serán ineficaces en pleno derecho.”

 

Lo que busca esta entidad al servicio de los consumidores, es evitar los contratos ilegales o cláusulas excesivas que producen un desequilibrio injustificado y pagos extras en las personas que adquieren un producto o servicio. Cabe mencionar que algunos términos son irrazonables en lo que respecta al periodo de tiempo, el modo de uso y el lugar donde este puede ejercer sus derechos.

 

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Según la Sentencia, se debe ejercer “la autonomía privada de la voluntad de las partes para darle vida a los negocios jurídicos como actos de mera liberalidad no es del todo absoluta, en la medida que el legislador ha implementado mecanismos de protección hacia los consumidores como parte débil de las relaciones de consumo.”

 

Para que el consumidor halle estas prácticas malintencionadas deberá sesionarse del grado de abuso de las cláusulas, asimismo, identificar si las mismas conllevan un desequilibrio normativo, un desequilibrio significativo en la relación contractual y un desequilibrio injustificado e irrazonable por parte del productor o proveedor.

 

Ten presente que, si en algún momento vulneran tus derechos como consumidor, la SIC deberá velar por tu protección y la de las personas que presentan algún tipo de queja o reclamo. Esta entidad se encargará de evaluar y vigilar las acciones cometidas y determinará si hay favorabilidad otorgada por parte del demandado.

 



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