¿Sabes si aplicas a la ley de desconexión digital?

¿Sabes si aplicas a la ley de desconexión digital?

En días pasados, el Congreso y el Senado de la República aprobaron la Ley de la desconexión digital. Sin embargo, hay empleados que no serán cobijados.

En aras de disminuir la sobrecarga de trabajo evidenciada en la pandemia, se aprobó en último debate el proyecto de ley que busca asegurar que se respete el límite de la jornada laboral. La iniciativa espera sanción presidencial.

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De acuerdo con el documento, se busca restringir que los jefes envíen cualquier tipo de mensajes o llamadas fuera del horario de trabajo. Por lo tanto, no podrán exigir ni tomar ninguna medida disciplinaria en contra de sus empleados si no atienden a estos llamados.

¿DE QUÉ SE TRATA EL PROYECTO?

De acuerdo con el documento, se busca restringir que los jefes envíen cualquier tipo de mensajes o llamadas fuera del horario de trabajo. Por lo tanto, no podrán exigir ni tomar ninguna medida disciplinaria en contra de sus empleados si no atienden a estos llamados.

Es decir, que los trabajadores estarán en todo su derecho de responder los mensajes o llamadas al siguiente día laboral, o cuando empiece su siguiente turno sin ningún problema.

Según el representante a la Cámara líder de la iniciativa, Rodrigo Rojas, el proyecto vela por la salud física y mental de los empleados. Lo anterior con el fin de que puedan descansar y desconectarse libremente de sus espacios de trabajo.

Por lo tanto, y según la norma, el empleador tiene la obligación de garantizar que el trabajador pueda disfrutar totalmente del tiempo de descanso, licencias, permisos, vacaciones, así como de su vida personal y familiar.

¿EN QUÉ CASOS NO APLICA LA LEY DE DESCONEXIÓN LABORAL?

De acuerdo con la misiva, si en algún momento llega a presentarse un despido injustificado, este puede ser demandado, tal como lo define el Código Sustantivo del Trabajo. Y en el caso de servidores públicos, esta queja se presentará ante la Procuraduría General de la Nación.

Entre las excepciones se encuentran:

  • Funcionarios públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo.
  • Trabajadores que en su contrato tengan estipulada disponibilidad permanente.
  • En situaciones de fuerza mayor o casos fortuitos en los que se requiera colaboración extra. Es decir, cuando sean necesarios para la continuidad de cualquier servicios o cuando se necesiten para solucionar cualquier urgencia, los trabajadores no se podrán negar

Sin embargo, por parte del empleador, tiene que haber una justificación válida o la inexistencia de otra alternativa viable para necesitar a su empleado en una horario extracurricular.



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