
04 May Retención en la fuente para empresas en reorganización queda eliminada
Debido a la emergencia económica decretada por el Gobierno Nacional y atendiendo a las solicitudes de alivios fiscales para las empresas en procesos de organización empresarial, se promulgó el decreto 560 de 2020, el cual busca, entre otras cosas, proponer alivios tributarios en materia de retención en la fuente.
De esta forma, en los artículos 12 al 14 de dicha ley quedó establecida la eliminación del descuento por retención en la fuente a los contribuyentes acogidos a la ley 1116 de 2006 hasta diciembre 31 de 2020.
Dicho de otra manera, si le compramos a algún contribuyente en proceso de reestructuración no le debemos causar, ni descontar retención en la fuente sobre las compras o prestación de servicios.
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Te recomendamos dejar como soporte para tu contabilidad una copia de la resolución de aceptación en la ley 1116 de 2006 al beneficiario del pago, más un soporte del decreto 560 de 2020.
En los casos en que los contribuyentes sean sujetos de retención de I.V.A., esta solo podrá ser del 50%.
Para la complementación el efecto de la no retención como alivio adicional por el año gravable 2020, el contribuyente admitido en la ley 1116 de 2006 no deberá calcular anticipo de renta para el año siguiente.
Además, y como puede ocurrir en algunos contribuyentes en esta situación de reestructuración que den pérdidas fiscales. Como alivio no va a tener que calcular renta presuntiva, sólo por el año gravable 2020