
09 Sep ¿Quiénes califican como Grandes Contribuyentes según la DIAN?
Las personas jurídicas o personas naturales por su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, y actividad económica son consideradas como Grandes Contribuyentes. La calificación es recibida mediante resolución expedida por el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Por medio de la Resolución 105 del 23 de noviembre de 2020, la DIAN califica como Grandes Contribuyentes a quienes sean declarantes, responsables o agentes retenedores que cumplan con alguno de los requisitos estipulados en el documento.
REQUISITOS PARA SER CALIFICADO COMO GRAN CONTRIBUYENTE
- Que se encuentre dentro del grupo de contribuyentes que aportaron el 60% del recaudo bruto total de la entidad.
- Personas jurídicas o asimiladas que, durante el año gravable anterior al de la calificación, hayan obtenido ingresos netos, diferentes a los obtenidos por ganancia ocasional; por un valor mayor o igual a 5 millones de Unidades de Valor Tributario (UVT).
- Personas naturales que durante el año gravable anterior al de la calificación hayan declarado un patrimonio bruto igual o superior a 3 millones de Unidad de Valor Tributario (UVT).
- Las personas naturales o jurídicas que hacen parte de los grupos empresariales; a los cuales pertenezca el contribuyente que cumpla con el primer requisito anteriormente mencionado.
El artículo 562 del Estatuto Tributario, estipula que la calificación de Gran Contribuyente tendrá una vigencia de dos años fiscales; se presenta la excepción de aquella que se realice sobre actividades económicas definidas por el Comité Técnico de Programas y Campañas de Control de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE DIAN).
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PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Se presentará el estudio técnico de los contribuyentes a ser calificados como Grandes Contribuyentes al Comité Técnico de Programas y Campañas de Control de la UAE DIAN. El estudio deberá tener mínimo:
- Listado y análisis detallado del cumplimiento de los requisitos de cada una de las personas clasificadas como Grandes Contribuyentes.
- Lo contemplado en el anterior punto, pero que no cumplen los requisitos establecidos en el primer artículo de la Resolución.
Recuerda que puedes consultar la Resolución en su totalidad aquí