Prácticas y pasantías cuentan como experiencia laboral

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Prácticas y pasantías cuentan como experiencia laboral

Con el objeto de facilitar el ingreso de profesionales recién graduados al mercado laboral, el Gobierno Nacional admitió las prácticas profesionales como experiencia laboral. Así quedó definido con el Decreto 616 de 2021, con el que también se consideran las prácticas profesionales, monitorías y judicaturas.

La norma establece que las actividades deben ser realizadas antes de la terminación del pensum para ser consideradas como experiencia. Por su parte, se reconocen las siguientes actividades:

  • Prácticas laborales
  • Pasantías
  • Judicaturas
  • Monitorías
  • Contratos laborales y de prestación de servicios
  • La participación en grupos de investigación

Todas estas actividades deberán ser debidamente certificadas y estar directamente relacionadas con el programa cursado. De esta forma serán consideradas como experiencia profesional válida.

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Vale la pena resaltar que, en las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, la experiencia profesional se computa a partir de la inscripción o registro profesional.

En ese sentido, este mecanismo se considera necesario para que los jóvenes estudiantes rompan la brecha de empleabilidad. Puesto que la experiencia previa es, en la mayoría de los casos, un requisito indispensable para adquirir un trabajo, con el decreto se facilitó su acceso.

Si deseas ampliar la información, te invitamos a consultar el Decreto 616 de 2021 haciendo clic en el enlace.



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