24 Jun Mintrabajo regula firma electrónica en contrato de trabajo
Con la emisión del Decreto 526 del 19 de mayo de 2021, el Ministerio del Trabajo reguló la firma electrónica en el contrato de trabajo. Así, adicionó algunos artículos al Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo (Decreto 1072 de 2015).
Así, la nueva reglamentación permite la firma electrónica en contrato de trabajo por cualquiera de las partes para validarlo. Esto siempre y cuando cumpla con las condiciones del nombrado Decreto 1072 de 2015. Igualmente en la Ley 527 de 1999 o cualquiera que lo modifique posteriormente.
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Se tienen en cuenta además los siguientes requisitos:
- La vigencia de la firma corresponde a la misma del contrato y sus correspondientes adiciones y/o modificaciones, en caso de que llegaren a convenirse y/o requerirse.
- No tendrá ningún costo para el trabajador, correspondiendo exclusivamente al empleador el pago de cualquier valor asociado que se llegase a ocasionar.
- Su uso entre trabajador y empleador, será exclusivo para la relación laboral sin que, a la finalización de esta, el contrato de trabajo, sus adiciones y/o modificaciones firmado(s) electrónicamente pierdan su validez, eficacia y fuerza probatoria.
Si quieres ampliar la información, te invitamos a consultar el Decreto 526 del 19 de mayo de 2021 haciendo clic en el siguiente enlace: