Mintrabajo plantea medidas de protección al empleo

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Mintrabajo plantea medidas de protección al empleo

En su Circular No. 33 emitida el pasado 17 de abril, el Ministerio del Trabajo dispuso de una serie de medidas de protección al empleo y buscar alternativas de concertación entre empleadores y trabajadores frente a la crisis laboral originada por el Coronavirus.

Las medidas consideradas por MinTrabajo y que están contenidas en la circular son:

Licencia remunerada compensable:

esta alternativa, normalmente aplicable para licencias de maternidad, luto y calamidad doméstica, también se podrá conceder en las situaciones que el empleador considere necesario, tal como lo señala la ley. En este caso, el empleador y el trabajador podrán acordar un sistema de compensación, en el que el trabajador podrá reponer las jornadas de trabajo una vez terminada la licencia.

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Modificación de jornada laboral y concertación de salario:

Así como lo indica el Código Sustantivo del Trabajo, las partes podrán concertar las condiciones que determinan el contrato de trabajo. Igualmente, la circular aclara que durante el periodo de emergencia sanitaria el empleado y el trabajador podrán modificar las condiciones iniciales de dicho contrato, lo que puede significar una disminución del salario y de la carga laboral, siempre que se garantice el salario mínimo.

Modificación o suspensión de los beneficios extralegales:

El empleador estará en la capacidad de retirar temporalmente a sus trabajadores los beneficios que no son constitutivos de salario, como primas extralegales e incentivos, lo que le permitiría hacer previsiones para garantizar la estabilidad laboral de sus empleados.

Concertación de beneficios convencionales:

  • Tanto las organizaciones sindicales, trabajadores no sindicalizados y empleadores tendrán la posibilidad de generar soluciones concertadas que faciliten el manejo de la crisis económica y que permitan la protección del empleo. Tales acuerdos deberán ser alcanzados de forma voluntaria y serán aplicables solo durante el periodo de emergencia sanitaria.

Cabe destacar que tales alternativas vienen a complementar las medidas planteadas en la Circular 21 del 17 de marzo, emitida por el MinTrabajo, en el que se definían al trabajo en casa, el teletrabajo, las jornadas flexibles de trabajo, las vacaciones colectivas anticipadas y el salario sin prestación del servicio como mecanismos de protección del empleo. 

Para consultar la Circular 33 del 17 de abril emitida por el Ministerio de Trabajo, haz clic AQUÍ



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