La DIAN analiza la definición de impuestos Diferidos de acuerdo a la nueva normatividad.
22 enero, 2018
Algunos de los cambios de metodología implementados en las NIIF a lo largo de los últimos años tienen que ver con los impuestos Diferidos y la forma como la DIAN procede ante ellos.
Para los expertos, el origen de los impuestos diferidos, por cobrar o por pagar no se presentan dentro del patrimonio fiscal porque corresponden a eventos que ocurrirán fiscalmente en el futuro. Por lo tanto, mediante el formato 2516 en dónde se concilian por primera vez las cifras NIIF, la DIAN diseñó un reporte especializado bajo la denominación de “diferencias temporales” con el objetivo de tener un mayor control. Este debe presentar separadamente en tres clasificaciones.
- Imponibles
- Deducibles
- Otros
Este formato diseñado por la DIAN, ordena separar los conceptos específicos en cada clasificación, al momento del diligenciamiento se debe ser muy cuidadoso con el fin de evitar caer en errores normativos y conceptuales.
Cuando ocurre una diferencia fiscal, esta se origina por revaluación, determinación de vidas útiles diferentes o valores residuales, en cada situación existen normas fiscales que explican el tratamiento correspondiente.
Es importante reconocer y dejar bien definidas las diferencias temporarias esto con el fin de tener la certeza de que están reconocidas bajo NIIF.