11 Feb Firmeza de declaraciones con beneficio de auditoría
El Gobierno Nacional encuentra una forma efectiva de aumentar el recaudo a partir de la firmeza de las Declaraciones. Cabe aclarar, que el beneficio fue reconocido en el artículo 689-2 del estatuto tributario adicionado por la ley 2010 de 2019, donde tiene presente dos términos de firmeza dependiendo del incremento del impuesto de renta que presente.
Para obtener la auditoría para los años gravables a 2019 a 2020, el contribuyente puede utilizar la opción de incrementar el impuesto neto de la renta a un porcentaje mínimo del 30% para así tener como contraprestación que el denuncio rentístico quede en firme dentro de seis (6) meses o en un porcentaje del veinte por ciento (20%) para que la declaración quede en firme dentro de los doce (12) meses siguientes.
Como la norma lo señala, se requiere que el impuesto neto de renta se incremente en esos porcentajes, y ese incremento se determina con respecto al impuesto neto de renta del año gravable anterior.
Novedades traídas con la Ley de financiamiento 1943 de 2018
El gobierno, por medio del artículo 105 la Ley de financiamiento 1943 de 2018 agregó el artículo 689-2 al ET para realizar el mecanismo de beneficio de auditoría en las declaraciones tributarias del impuesto sobre la renta, con el cual se pretende llevar un control sobre el aumento o disminución en las liquidaciones privadas que realicen los contribuyentes en sus respectivas declaraciones, otorgando beneficios relativos al término de firmeza de las mismas.
Pero, a partir de la llegada de la Ley 2010 de 2.019 en el artículo 123 que reforma el art 689-2 del Estatuto Tributario mantiene la posibilidad de que el Estado reciba mayores recursos como el incremento de impuestos y que el contribuyente deba realizar sus declaraciones en el menor tiempo posible.
Por el momento, ambos casos deben ser estudiados y evaluados. Si a de ser aplicado debes tener en cuenta los siguientes ítems:
- Presentación oportuna
- Incremento exacto del 30% o 20% del impuesto neto de renta del año anterior.
- Realizar el pago
Requisitos para acogerse al beneficio de auditoría.
Si cumples con los siguientes requisitos puedes acceder a los beneficios de auditoria
1. Que el impuesto neto del impuesto a la renta se incremente en los porcentajes que indica la ley.
2. Que la declaración se presente debidamente dentro de los plazos fijados por la norma.
3. Que el impuesto determinado se pague dentro de los plazos fijados por el gobierno.
4. Que no se notifique emplazamiento para corregir, requerimiento especial, emplazamiento especial o liquidación provisional dentro del término de 6 o 12 meses, según corresponda el término de firmeza pretendido.
5. Que las retenciones en la fuente imputadas sean ser reales.