06 Feb Cuál es el adecuado proceso de la Ley 1314
Daniel Sarmiento Pavas es Contador Público de la Universidad Externado de Colombia, es Especialista en Auditoría de Sistemas de la UAN y Magíster en Administración de Negocios, ha ocupado cargos como presidente de la Junta Central de Contadores (JCC) y ha sido consejero del Consejo Técnico de Contaduría Pública (CTCP).
Recientemente, Sarmiento Pavas opinó acerca del proceso que lleva a cabo la Ley 1314, cabe mencionar que dicha Ley se estableció con el fin de dirigir al país hacia la aplicación de los estándares internacionales de información financiera, contabilidad y aseguramiento de la información. Asimismo, el artículo 6° determinó que la emisión normativa en estas materias estaría de manera conjunta en los ministerios de Hacienda y Comercio. La idea de esta norma era establecer un proceso transparente pero ágil en materia de regulación contable y de aseguramiento.
Durante la intervención, el contador público aseguró que el modelo establecido por Colombia es del tipo “adopción-convergencia”, según el cual, mediante un debido proceso establecido en los artículos 7° y 8° de la Ley, se analicen los proyectos de estándares internacionales, se participe en su discusión internacional y nacional y se proponga a través del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) la aplicación de la normatividad internacional en los términos sugeridos por el CTCP.
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Para Sarmiento Pava es importante considerar que si el debido proceso no se cumple, la ley resultará siendo modificada de manera repetida y continua por el CTCP, de esa manera se perderá en buena medida su razón de ser, dando al traste con un procedimiento ordenado para actualizar lo normatividad técnica.
De acuerdo con lo establecido por la ley, el debido proceso cumple un papel de garantía técnica, al tener en cuenta la participación de todos los interesados en la regulación. Pero cuando se comienzan a emitir normas aisladas sin tener en cuenta el proceso establecido en la Ley 1314, se comienza a particularizar la regulación y el procedimiento de regulación dejar de ser abierto para convertirse en cerrado en atención a los intereses de un sector particular o de un área particular del gobierno.
En la opinión de Daniel Sarmiento, lo que hace esta ley “es inconveniente para el proceso de convergencia y es un precedente peligroso para la regulación sucesiva en esta materia. La Ley 1314 es una norma de carácter general y no particular”. En teoría, para efectuar excepciones nunca se ha requerido de una nueva ley, porque para eso es el debido proceso y así ha funcionado hasta ahora, definiendo esas excepciones, sea que estemos de acuerdo con ellas o no, a través de los decretos que se han expedido de manera conjunta por los ministerios reguladores, como está establecido.