Con Decreto 688, Gobierno Nacional adopta nuevas medidas tributarias

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Con Decreto 688, Gobierno Nacional adopta nuevas medidas tributarias

Luego de la nueva emergencia económica declarada por el Gobierno Nacional el pasado 6 de mayo, el Ministerio de Hacienda emitió el decreto 688 de mayo de 2020 con el que propone una serie de alivios tributarios.

La medida se da como ayuda para las empresas que se han visto afectadas por el impacto del Coronavirus en sus operaciones, lo que impacta no solamente el componente económico sino la dinámica social del país.

De esta manera, el decreto 688 adopta las siguientes tres medidas:

Reducción de la tasa de interés moratorio para obligaciones tributarias

Los intereses generados de las deudas sobre las obligaciones tributarias serán equivalentes a la tasa de interés bancario para los créditos de consumo y ordinario. Estas deudas deberán ser pagadas hasta el 30 de noviembre de 2020.

Así mismo se incluyen los acuerdos de pago que se suscriban desde la emisión del decreto 688 y hasta el 30 de noviembre de 2020.

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Por su parte, la reducción de la tasa de interés será del 50% para aquellos contribuyentes que se han visto especialmente afectados por la pandemia, entre los que están:

  • Empresas de transporte aéreo de pasajeros
  • Hoteles dedicados a los servicios hoteleros
  • Contribuyentes dedicados a las actividades de teatro, espectáculos musicales y otros tipos de espectáculos en vivo.

Facilidades de pagos abreviadas

Para los contribuyentes que presenten sus declaraciones tributarias ante la DIAN entre el primero de abril al primero de julio de 2020 y que presenten moras, podrán suscribir un acuerdo de pago mediante procedimiento abreviado. Este mecanismo estará disponible hasta el 6 de agosto de 2020.

El acuerdo de pago podrá ser de hasta 12 meses, y no será obligatoria la constitución de garantías.

Por el contrario, el decreto 688 señala el incumplimiento de las facilidades de pago dará lugar al pago total de la obligación tributaria más el 100% de las sanciones e intereses que versen sobre la misma.

Flexibilidad en los plazos para conciliaciones

Por último, el decreto 688 contiene la ampliación para el la presentación de conciliación de sanciones e intereses en procesos administrativos.

Así, se extiende el plazo para su presentación hasta el 30 de noviembre de 2020, y el acta de conciliación tendrá que suscribirse hasta el 31 de diciembre de 2020 como fecha límite.

Si quieres ampliar la información sobre el decreto 688 de 2020, te invitamos a hacer clic aquí.

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