
02 Feb Aspectos a tener en cuenta para presentar información exógena 2021
La DIAN dio a conocer el contenido para los obligados a presentar la información exógena 2021 durante este año. Aquí te contamos todo lo que tienes que saber.
A través de la Resolución 000098 de 2020, la entidad señaló el contenido y las características del reporte del año gravable 2021. Este informe deberá entregarse a lo largo de 2022 conforme a los plazos y fechas establecidas.
Es importante recalcar que esta obligación tributaria hace referencia a la información que se debe presentar periódicamente por parte de las personas naturales y jurídicas. Dentro del documento, se presentan las operaciones realizadas con sus clientes, usuarios o aquellos que intervengan en el desarrollo del objeto social de la entidad.
Este procedimiento se lleva a cabo principalmente por tres razones:
- Se busca contrarrestar el contrabando y la evasión de impuestos
- Comparar la información suministrada por los diferentes informantes
- Y por último, poder identificar el cumplimiento de las normas fiscales
Dicho esto, presentaremos los aspectos más importantes a tener en cuenta para presentar correctamente el reporte durante 2022.
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OBLIGADOS A PRESENTAR INFORMACIÓN EXÓGENA 2021
Algunos de los obligados a presentar este reporte son:
- Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior. Así como, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.
- Personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2020 o 2021 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000 y cuya suma de ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2021 supere los $100.000.000
- Personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2020 o 2021 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $100.000.000.
- Las personas o entidades que celebren contratos de colaboración tales como consorcios, uniones temporales, contratos de mandato, administración delegada, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint ventures, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.
- Las cámaras de comercio.
- Los obligados a presentar estados financieros consolidados.
En el primer artículo de la Resolución 000098 de 2020 puedes encontrar la totalidad de los obligados a presentar este informe.
¿Y LAS PERSONAS NATURALES?
Aquellas personas naturales y sus asimiladas que tienen que presentar el reporte de información exógena, deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Personas que durante el año gravable 2021 o 2020 hayan recibido ganancias netas superiores a 500 millones de pesos.
- Que la suma de sus ingresos brutos obtenidos por renta de capital y/o rentas no laborales durante el 2021 superen los 100 millones de pesos.
- Las personas naturales a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, IVA y timbre durante el año gravable 2021.
- Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.
- Personas que celebren contratos de colaboración empresarial.
- Los notarios en relación con las operaciones realizadas durante el ejercicio de sus funciones.
- Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes
FECHAS DE VENCIMIENTO PARA PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES
Últimos dígitos del NIT | Hasta el día (año 2022) |
---|---|
01 al 05 | 10 de mayo |
06 al 10 | 11 de mayo |
11 al 15 | 12 de mayo |
16 al 20 | 13 de mayo |
21 al 25 | 16 de mayo |
26 al 30 | 17 de mayo |
31 al 35 | 18 de mayo |
36 al 40 | 19 de mayo |
41 al 45 | 20 de mayo |
46 al 50 | 23 de mayo |
51 al 55 | 24 de mayo |
56 al 60 | 25 de mayo |
61 al 65 | 26 de mayo |
66 al 70 | 27 de mayo |
71 al 75 | 31 de mayo |
76 al 80 | 01 de junio |
81 al 85 | 02 de junio |
86 al 90 | 03 de junio |
91 al 95 | 06 de junio |
96 al 00 | 07 de junio |
Si quieres consultar otros vencimientos y fechas a tener en cuenta para la presentación de información exógena 2021, consulta nuestro Calendario Tributario 2022